Mandamientos 483 y 484
No trasquilar, ni trabajar con animales apartados para ofrendas.
Deuteronomio 15:19 “Consagrarás al Eterno tu Dios todo primogénito macho de tus vacas y de tus ovejas; no te servirás del primogénito de tus vacas, ni trasquilarás el primogénito de tus ovejas”.
Explicación del Mandamiento:
Este mandamiento nos remite, una vez más, a un contexto relacionado con la ganadería, típico de los pastores y de aquellos que poseían animales. En primer lugar, nos recuerda un aspecto fundamental: todo pertenece al Eterno. Las primicias, como bien sabemos si estamos familiarizados con las Escrituras, pertenecen al Eterno desde el éxodo, capítulo 13.
Es interesante notar que, tras salir de Egipto, Dios ordena que los primogénitos le pertenecen. ¿Por qué? Esto se asocia con los mandamientos y con todo lo concerniente a las primicias. Recordemos que el Eterno, al pasar por Egipto y llevar a cabo la muerte de todos los primogénitos, de cierta forma le indica al pueblo de Israel que, al haber perdonado la vida de sus hijos primogénitos, estos le pertenecen, como una suerte de “deuda de vida”.
Dios salvó la vida de sus hijos, por lo tanto, ellos le pertenecen, aunque les brinda la oportunidad de conservarlos sin necesidad de sacrificarlos. Sin embargo, es preciso consagrarlos al Eterno, es decir, orientar sus vidas hacia Él. Este principio aplicable a los seres humanos también se extiende a los animales, pero con más detalles. Existen varios mandamientos enfocados en la idea de las primicias o “bikurim” en hebreo.
La idea central de este precepto es no beneficiarse de lo que pertenece al Eterno. Es un principio significativo que se aplica en diversos contextos. Por ejemplo, si algo está consagrado a Dios y Él declara que es suyo, aquel que lo tome incurre en falta. Similar a cuando etiquetamos algo como propio en la oficina y nos molesta si alguien lo usa sin permiso.
Dios establece que lo que le pertenece, nadie más puede tomarlo, y advierte sobre las consecuencias de hacerlo. Esto se refleja en la historia de Acán, hijo de Carmi, narrada en el libro de Josué, capítulo siete, después de la conquista de Jericó. Acán tomó lo que estaba consagrado a Dios, pensando que nadie notaría la falta de algunas cosas. Sin embargo, Dios, al realizar una “auditoría”, descubre la falta y, tras una investigación, Acán y su familia sufren un castigo severo.
Este mandamiento enfatiza la importancia de ser conscientes de este principio espiritual: lo que es de Dios, es de Dios y no debemos usurparlo. Yeshua también hace referencia a este principio cuando le preguntan sobre el pago de impuestos.
Con sabiduría divina, responde que se debe dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios. No se deben buscar excusas; hay que cumplir y entregar lo que corresponde a cada parte. En el ámbito del diezmo, por ejemplo, si no se aparta el dinero destinado a este fin, se termina gastando. Por ello, es crucial ser diligente y no olvidar nuestras obligaciones.
En Deuteronomio, se aborda específicamente el mandamiento relacionado con los animales consagrados. Estos representan una fuente de ingreso, ya sea por su trabajo o por productos como la lana. Sin embargo, no se debe sacar provecho de ellos una vez consagrados al Eterno.
Dios anticipa esta tentación y establece que no se pueden emplear estos animales en labores o negocios personales. No se les puede esquilar si están dedicados como ofrenda. Es fundamental ofrecer a Dios lo que le corresponde con sinceridad y conforme a sus mandatos.
Es común buscar lagunas en los mandamientos o en la ley para evadir responsabilidades. El caso de Acán es un recordatorio trágico de que no solo él, sino también su familia, pagaron por su transgresión. El concepto de que lo que es de Dios es de Dios y no debe tocarse se conoce como “jerem”. Es algo apartado o consagrado, y aquel que lo tome incurre en falta, como se evidencia en el caso de Jericó. En esa ocasión, Dios ordenó que la ciudad se destruyera completamente como un holocausto.
El midrash relata que cuando alguien consagraba algo, lo hacía también de manera verbal y pública, declarando la consagración del animal como primicia para Hashem, el Eterno. Esto le confería seriedad y santidad al acto.
No se podía consagrar el animal para otro fin. En el caso de las primicias anuales de ganado, la persona no podía decidir qué hacer con el animal; debía entregárselo al sacerdote o al levita, y ya era asunto de Dios.
Asimismo, con otras ofrendas, no siempre se puede decidir a quién entregarlas; se entregan y otra persona decide. Si el animal presentaba defectos, no se podía ofrecer al Señor, incluso si era el primogénito. También se prohíbe dañar intencionalmente al animal para que el sacerdote lo rechace y sea devuelto, ya que esto constituiría una trampa y está prohibido.
Conclusión:
Este mandamiento podría parecer poco relevante en la actualidad. Podrías pensar: “No poseo ganado, ovejas ni vacas”. Sin embargo, es posible adaptarlo y aplicarlo de diversas formas. Como siempre he mencionado, no debemos limitarnos a la letra del mandamiento, sino buscar su esencia, la intención y el propósito detrás de cada uno y cómo podemos observarlos. En mi opinión, cuanto más mandamientos logre cumplir, mayores bendiciones recibiré.
Los mandamientos número 483 y 484 se refieren específicamente a la prohibición de realizar trabajos con animales consagrados y de esquilar la lana de las ovejas que han sido consagradas.
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